(3-septiembre-2010) Indemnización por despido a una trabajadora municipal

Informa: IU-CA Mairena del Alcor
EL AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR PAGARÁ A UNA TRABAJADORA MÁS DE 40.000 EUROS DE INDEMNIACIÓN POR OTRO DESPIDO CALIFICADO COMO IMPROCEDENTE TRAS EN UN FALLO JUDICIAL QUE LLEGÓ HASTA EL SUPREMO, DONDE SE DICTAMINA LA EXISTENCIA DE FRAUDE DE LEY EN UNA RELACIÓN CONTRACTATUAL DESDE 1994 A 2008

El Ayuntamiento de Mairena del Alcor tendrá que indemnizar con unos 40.000 euros a una notificadora que fue objeto de despido improcedente después de una relación laboral de contratos temporales renovados sucesivamente, que vinculó a ésta con el Consistorio desde el 18 de agosto de 1994 hasta su despido verbal, el 31 de octubre de 2008. El caso es ya firme e irrecurrible después de cursar un largo procedimiento judicial que cerró el Tribunal Supremo rechazando con fecha 8 de julio de 2010 el recurso presentado por el Ayuntamiento, donde se solicitaba la revisión de la sentencia que previamente había emitido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en fecha 17 de noviembre (sentencia 4007/09 de la Sala de lo Social de Sevilla), que observaba fraude de ley en dichos contratos al margen de declarar la improcedencia del despido, y que establece una indemnización de 24.470 euros, que sobrasarían sobradamente los 40.000 después de añadirle los salarios de tramitación dejados de percibir (que tendrán que calcular profesionalmente) más los intereses de demora.

El meollo de la sentencia, que plantea como alternativa la readmisión, se halla en que anula la validez a efectos de cómputo laboral de los periodos de receso que tuvieron lugar entre las sucesivas renovaciones, para lo que el alto tribunal andaluz se apoya en la jurisprudencia existente a niveles tanto español como europeo. De paso, el fallo aprecia fraude de ley atendiendo a la literatura del Estatuto de los Trabajadores (artículo 56) detectando truculencias como la simulación en los conceptos por los que se justificaban los contratos, pues da por hecho que la función ejercida fue siempre la de notificadora mientras que en las sucesivas renovaciones aparecen funciones como monitora de tiempo libre, ayudante de restauración o limpiadora, en unos casos del Ayuntamiento de Mairena del Alcor y en otros de la Gerencia Municipal de Urbanismo, organismo dependiente de él.

El caso se cierra ahora, pero fue planteado inicialmente por la afectada ante el Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla, que emitió veredicto en los mismos términos, aunque en aquella sentencia (104/2009, de 2 de marzo) se fijó una indemnización 2.575 euros más los salarios de tramitación, o asimismo la posible readmisión, rehusada por el equipo de gobierno del PSOE que dirige Antonio Casimiro Gavira Moreno. También apreciaba la conculcación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores tras probarse documentalmente que la demandante, antes de acudir a la vía judicial con fecha 12 de enero de 2009, elevó un escrito ante el Consistorio demandando su readmisión advirtiendo sobre la improcedencia del despido. No obtuvo respuesta.

El hecho clave que explica el incremento de la indemnización decretada por el TSJA con respecto al establecido por el Juzgado de los Social hipalense es que el de mayor rango no considera que la ruptura de la continuidad laboral pueda desprenderse del receso contractual de cuatro meses que se produjo entre las partes desde el 31-12-2006 al 1-05-2007.

El caso es para Izquierda Unida de Mairena del Alcor "un ejemplo más y un claro testimonio de lo mal que el gobierno de Antonio Casimiro lo está haciendo en materia laboral, como venimos denunciando desde hace tiempo", subraya nuestro portavoz municipal José Carlos Copete. Cabe recordar que como también denunció Izquierda Unida en febrero del año 2007, nos hallamos ante la segunda condena de un tribunal de justicia al gobierno del PSOE en este pueblo en temática laboral, en los dos casos teniendo que verse obligado a abonar grandes sumas de dinero. El anterior lo ganó un electricista al que se tuviron que indemnizar por las mismas causas (con sentencia de la Sala de lo Social del TSJA) más de 45.000 euros.

Estos hechos "siembran dudas sobre la licitud de los contratos de este alcalde, que viene ejerciendo su potestad en la materia con clara falta de racionalidad y ajuste a las necesidades, incurriendo en un clientelismo político caciquil incompatible con el buen gobierno y la democracia", en valoración del concejal mairenero de IU-CA.