(3-septiembre-2010)
Indemnización
por despido a una trabajadora municipal
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Informa: IU-CA Mairena del Alcor | |||
EL AYUNTAMIENTO
DE MAIRENA DEL ALCOR PAGARÁ A UNA TRABAJADORA MÁS DE 40.000
EUROS DE INDEMNIACIÓN POR OTRO DESPIDO CALIFICADO COMO IMPROCEDENTE
TRAS EN UN FALLO JUDICIAL QUE LLEGÓ HASTA EL SUPREMO, DONDE SE DICTAMINA
LA EXISTENCIA DE FRAUDE DE LEY EN UNA RELACIÓN CONTRACTATUAL DESDE
1994 A 2008 El Ayuntamiento de Mairena del Alcor tendrá que indemnizar con unos 40.000 euros a una notificadora que fue objeto de despido improcedente después de una relación laboral de contratos temporales renovados sucesivamente, que vinculó a ésta con el Consistorio desde el 18 de agosto de 1994 hasta su despido verbal, el 31 de octubre de 2008. El caso es ya firme e irrecurrible después de cursar un largo procedimiento judicial que cerró el Tribunal Supremo rechazando con fecha 8 de julio de 2010 el recurso presentado por el Ayuntamiento, donde se solicitaba la revisión de la sentencia que previamente había emitido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en fecha 17 de noviembre (sentencia 4007/09 de la Sala de lo Social de Sevilla), que observaba fraude de ley en dichos contratos al margen de declarar la improcedencia del despido, y que establece una indemnización de 24.470 euros, que sobrasarían sobradamente los 40.000 después de añadirle los salarios de tramitación dejados de percibir (que tendrán que calcular profesionalmente) más los intereses de demora. El meollo de la sentencia,
que plantea como alternativa la readmisión, se halla en que anula
la validez a efectos de cómputo laboral de los periodos de receso
que tuvieron lugar entre las sucesivas renovaciones, para lo que el alto
tribunal andaluz se apoya en la jurisprudencia existente a niveles tanto
español como europeo. De paso, el fallo aprecia fraude de ley atendiendo
a la literatura del Estatuto de los Trabajadores (artículo 56)
detectando truculencias como la simulación en los conceptos por
los que se justificaban los contratos, pues da por hecho que la función
ejercida fue siempre la de notificadora mientras que en las sucesivas
renovaciones aparecen funciones como monitora de tiempo libre, ayudante
de restauración o limpiadora, en unos casos del Ayuntamiento de
Mairena del Alcor y en otros de la Gerencia Municipal de Urbanismo, organismo
dependiente de él. |